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El pilar básico sobre la que se asienta la famosa ley 31/1995 es la introducción de una verdadera cultura preventiva en las empresas para garantizar la efectiva protección de la salud de los trabajadores y trabajadoras frente a los riesgos derivados del trabajo.
RECUERDA QUE:
- El empresario tiene la obligación de formarte e informarte sobre riesgos laborales, sobre todo lo relacionado con el trabajo que vayas a realizar.
- Debe también facilitar en caso de que fuera necesario el equipo de protección necesario sea colectivo o individual.
- Una vez que la empresa te facilita todo lo necesario para minimizar o evitar los peligros, la obligación del trabajador es utilizar toda la información y equipo de protección en caso de que fuera necesario.
- Los delegados de prevención son los encargados de velar por la seguridad de los trabajadores y de asegurarse que la empresa cumple con su parte para facilitar el trabajo de sus empleados. En caso de que consideres que esto no es así, no dudes en acudir a los delegados de prevención.
IN-FORMACIÓN
Consideramos muy importante por parte del Comite de Prevención tanto la información como la formación de los trabajadores y trabajadores de la empresa para que en la medida de lo posible se reduzcan los riesgos laborales. Para ello hemos creado este apartado con las siguientes secciones:
LEGISLACIÓN
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