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El pilar básico sobre la que se asienta la famosa ley 31/1995 es la introducción de una verdadera cultura preventiva en las empresas para garantizar la efectiva protección de la salud de los trabajadores y trabajadoras frente a los riesgos derivados del trabajo.

RECUERDA QUE:

  • El empresario tiene la obligación de formarte e informarte sobre riesgos laborales, sobre todo lo relacionado con el trabajo que vayas a realizar.

  • Debe también facilitar en caso de que fuera necesario el equipo de protección necesario sea colectivo o individual.

  • Una vez que la empresa te facilita todo lo necesario para minimizar o evitar los peligros, la obligación del trabajador es utilizar toda la información y equipo de protección en caso de que fuera necesario.

  • Los delegados de prevención son los encargados de velar por la seguridad de los trabajadores y de asegurarse que la empresa cumple con su parte para facilitar el trabajo de sus empleados. En caso de que consideres que esto no es así, no dudes en acudir a los delegados de prevención.

IN-FORMACIÓN

Consideramos muy importante por parte del Comite de Prevención tanto la información como la formación de los trabajadores y trabajadores de la empresa para que en la medida de lo posible se reduzcan los riesgos laborales. Para ello hemos creado este apartado con las siguientes secciones:

In-formación sobre Seguridad y Salud laboral
Otros Conceptos sobre Salud Laboral

Noticias Prevención Riesgos Laborales para conocer tanto las actividades del Comité de Seguridad y Salud como otras noticias sobre el tema.

LEGISLACIÓN

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